ANTECEDENTES.

 La administración Municipal desde  años anteriores ha propiciado acciones con el fin de dinamizar los procesos relacionados con el sector Juventud desde los diferentes escenarios en que esto convergen, de esta manera los planes de desarrollo han identificado la necesidad de crear programas orientados en la atención de esta población desde las expresiones Artísticas, Culturales, Deportivas  políticas y  productivas.

 
Indicadores de base.

 

a)       En Fusagasugá hay 4 Organizaciones juveniles  de trabajo con y de jóvenes  legalmente constituidas operando Actualmente en el Municipio.

b)       En Fusagasugá  hay alrededor de   12 Grupos juveniles operando actualmente.

c)       4 Agrupaciones artísticas  y culturales  que involucran trabajo con jóvenes en Fusagasugá.

d)       El 85% de los inscritos en programas de formación  deportiva  en el Municipio de  Fusagasugá  son jóvenes entre los 14 y 26 años.

e)       Alrededor del 52% de los inscritos en programas de formación artística son jóvenes entre los 14 y 26 años.

f)        La población juvenil en el municipio de Fusagasugá excede los 42.000

g)       No hay una política pública de Juventud establecida.

h)       No hay indicadores ha disposición de la administración municipal  que permitan determinar las condiciones de mayor vulnerabilidad de los y las jóvenes.

i)         No hay procesos de promoción de hábitos de vida saludable

j)         No existen procesos de formación política de los jóvenes establecidos en la totalidad de las unidades educativas Municipales. 

k)        Los comités juveniles de las juntas de acción comunal carecen de programas de formación y fortalecimiento. Solo cuatro juntas han recibido acompañamiento.

l)         No hay una oficina misional que atienda, coordine y dinamice las acciones orientadas a los Jóvenes.

m)     No se ha conformado el consejo municipal de Juventud, solo existe un Acuerdo del concejo Municipal, el cual presenta serios vicios de fondo y de forma, pasando por encima de la ley de la juventud  y sus decretos reglamentarios.

n)       El departamento de Cundinamarca cuenta con Política Pública de Juventud, bajo la ordenanza No. 020, como sustento en el desarrollo de programas y políticas para la población juvenil de los municipios.

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